47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. es una organización especialista en Retransmisión en directo de actos y eventos, y cobertura audiovisual (grabaciones), codificación y certificación de grabaciones Para ello, asume valores que considera esenciales para la consecución de sus objetivos como es la preservación de la Información y los datos personales, tanto propios como del resto de partes interesadas y el desarrollo profesional y personal de todos los componentes de su equipo de trabajo.
Debido a nuestra actividad, en 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. somos conscientes de que la información es un activo con un elevado valor para nuestra organización y requiere, por lo tanto, una protección y gestión adecuadas con el fin de dar continuidad a nuestra línea de negocio y minimizar los posibles daños ocasionados por fallos a la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información. Así mismo, tanto la legislación vigente relativa a la protección de datos personales (RGPD y LOPDGDD), como el compromiso de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. con nuestros clientes nos hace especialmente sensibles al tratamiento de los datos personales a los que tenemos acceso en el ejercicio de nuestra actividad.
Para ello, SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. establece un conjunto de actividades de gestión que tienen como objetivo preservar los principios de Confidencialidad, Integridad, Disponibilidad, Autenticidad, Trazabilidad, así como Conformidad Regulatoria de la información. A su vez, estos principios se definen de la siguiente manera:
Los sistemas deben estar protegidos contra amenazas de rápida evolución con potencial para incidir en la información y los servicios. Para defenderse de estas amenazas, se requiere una estrategia que se adapte a los cambios en las condiciones del entorno para garantizar la prestación continua de los servicios.
Esto implica que los diferentes departamentos deben aplicar las medidas mínimas de seguridad exigidas por el Esquema Nacional de Seguridad y la ISO 27001, así como realizar un seguimiento continuo de los niveles de prestación de servicios, seguir y analizar las vulnerabilidades reportadas, y preparar una respuesta efectiva a los incidentes para garantizar la continuidad de los servicios prestados.
Los diferentes departamentos de la organización deben cerciorarse de que la seguridad es una parte integral de cada etapa del ciclo de vida del sistema, desde su concepción hasta su retirada de servicio, pasando por las decisiones de desarrollo o adquisición y las actividades de explotación. Los requisitos de seguridad y las necesidades de financiación deben ser identificados e incluidos en la planificación, en la solicitud de ofertas, y en pliegos de licitación para proyectos de TIC.
Los departamentos deben estar preparados para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse de incidentes, de acuerdo al Artículo 8 del ENS.
Dentro del amparo de lo anterior, se encuentra embebida la protección de la privacidad. Nuestros sistemas tratan datos personales sensible y por ello, la protección de la privacidad se erige como un pilar esencial en el marco de SGSI y se constituye como una necesidad social que las 47 Segundos Producciones S.L.s deben respetar y proteger, así como objeto de legislación y/o regulación específica en todo el mundo.
La Política de Seguridad proporciona las bases para definir y delimitar los objetivos y responsabilidades para las diversas actuaciones técnicas, legales y organizativas que se requieran para garantizar la seguridad de la información y la privacidad, cumpliendo el marco legal de aplicación y las políticas globales y específicas de firma, así como los procedimientos definidos.
Estas actuaciones desde el punto de vista de la seguridad y privacidad son seleccionadas e implantadas basándose en el análisis de riesgos y el equilibrio entre riesgo aceptable y coste de las medidas.
El objetivo de la Política de Seguridad es fijar el marco de actuación necesario para proteger los recursos de información y datos frente a amenazas, internas o externas, deliberadas o accidentales.
La información y datos pueden existir en una variedad de formatos, con soportes tanto electrónicos como el papel u otros medios, e incluye a veces datos críticos acerca de las operaciones, estrategias o actividades de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. y de sus clientes e incluso, en su caso, datos de carácter sensible que establece la normativa de protección de datos de carácter personal. La pérdida, corrupción, o sustracción de información o de los sistemas que la gestionan tiene un impacto elevado en nuestra Firma.
47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. está convencida de que una gestión eficaz de la Seguridad de la Información y de la Privacidad es un elemento habilitador para que la organización comprenda completamente y actúe de modo adecuado a los riesgos a los que la información es expuesta, así como para poder responder y adaptarse de manera eficiente a los crecientes requerimientos de organismos reguladores, leyes, y por supuesto sus clientes.
El propósito del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información es garantizar que los riesgos de la seguridad de la información y privacidad sean conocidos, asumidos, gestionados y minimizados de una forma documentada, sistemática, estructurada, repetible, asumible y adaptada a los cambios que se produzcan en los riesgos, el entorno y las tecnologías.
Para ello, la dirección declara el compromiso de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. para:
La dirección de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. se compromete a apoyar y promover los principios establecidos en esta Política, para lo que pide al personal de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. que asuma y se atenga a las previsiones del sistema de gestión documentado para el ENS y la ISO 27001
Siguiendo las directrices del capítulo II, los principios básicos por los que 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. se rige son los siguientes:
Para ello, aplicaremos los siguientes requisitos mínimos.
Estos requisitos mínimos se encuentran en proporción a los riesgos identificados en nuestros sistemas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 y se desarrollan en los documentos del sistema de gestión del ENS y la ISO 27001.
Esta Política de Seguridad complementa las políticas de seguridad de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. en diferentes materias y se desarrollará por medio de normativa de seguridad que afronte aspectos específicos. La normativa de seguridad estará a disposición de todos los miembros de la organización que necesiten conocerla, en particular para aquellos que utilicen, operen o administren los sistemas de información y comunicaciones.
La documentación relativa a la Seguridad de la Información estará clasificada en tres niveles, de manera que cada documento de un nivel se fundamenta en los de nivel superior:
La documentación de seguridad será remitida por correo electrónico al personal.
Los departamentos deben evitar, o al menos prevenir en la medida de lo posible, que la información o los servicios se vean perjudicados por incidentes de seguridad. Para ello los departamentos deben implementar las medidas mínimas de seguridad determinadas por el ENS, así como cualquier control adicional identificado a través de una evaluación de amenazas y riesgos. Estos controles, y los roles y responsabilidades de seguridad de todo el personal, deben estar claramente definidos y documentados.
Para garantizar el cumplimiento de la política, los departamentos deben:
Dado que los servicios se pueden degradar rápidamente debido a incidentes, que van desde una simple desaceleración hasta su detención, los servicios deben monitorizar la operación de manera continua para detectar anomalías en los niveles de prestación de los servicios y actuar en consecuencia según lo establecido en el Artículo 9 del ENS.
La monitorización es especialmente relevante cuando se establecen líneas de defensa de acuerdo con el Artículo 8 del ENS. Se establecerán mecanismos de detección, análisis y reporte que lleguen a los responsables regularmente y cuando se produce una desviación significativa de los parámetros que se hayan preestablecido como normales.
Los departamentos deben:
Para garantizar la disponibilidad de los servicios críticos, los departamentos deben desarrollar planes de continuidad de los sistemas como parte de su plan general de continuidad de negocio y actividades de recuperación.
Los integrantes del Comité de Seguridad serán designados en un acta fundacional, donde se indicará la persona designada y el cargo que deberá ostentar.
El Secretario del Comité de Seguridad será el RESPONSABLE DE SEGURIDAD y tendrá como funciones
El Comité de Seguridad tendrá las siguientes funciones:
Se detallarán a continuación las funciones de los responsables de la organización:
Responsable de la Información
Responsable del Servicio
Responsable de la Seguridad
Sus funciones serán las siguientes
El Responsable de la Seguridad será el secretario del Comité de Seguridad con las funciones indicadas en el apartado 7.2 de la presente política.
De conformidad con el principio de “segregación de funciones y tareas” recogido en el art. 10 del ENS, el Responsable de la Seguridad será una figura diferenciada del Responsable del Sistema.
Responsable del Sistema
Sus funciones serán las siguientes:
El Responsable de Seguridad será nombrado por el Comité de Seguridad. El nombramiento se revisará cada 2 años o cuando el puesto quede vacante.
Igualmente, el resto de los cargos indicados en el apartado anterior será designado por el Comité de Seguridad mediante acta de reunión.
Será misión del Comité de Seguridad la revisión anual de esta Política de Seguridad y la propuesta de revisión o mantenimiento de la misma. La Política será aprobada por la Alta Dirección y difundida para que la conozcan todas las partes afectadas.
LA 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L., en la prestación de su servicio, trata datos de carácter personal especialmente sensibles.
La documentación relativa, a la que tendrán acceso sólo las personas autorizadas, recoge los registros de actividad de tratamiento de datos afectados y los responsables correspondientes. Todos los sistemas de información de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. se ajustarán a los niveles de seguridad requeridos por la normativa para la naturaleza y finalidad de los datos de carácter personal.
En lo que respecta de manera específica a la protección de los datos personales, 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. se compromete a cumplir con los principios indicados en la legislación de referencia. Estos son:
Todos los sistemas sujetos a esta Política deberán realizar un análisis de riesgos, evaluando las amenazas y los riesgos a los que están expuestos. Este análisis se repetirá:
Para la armonización de los análisis de riesgos, el Comité de Seguridad establecerá una valoración de referencia para los diferentes tipos de información manejados y los diferentes servicios prestados. El Comité de Seguridad dinamizará la disponibilidad de recursos para atender a las necesidades de seguridad de los diferentes sistemas, promoviendo inversiones de carácter horizontal.
Es responsabilidad de la organización lograr la plena conciencia respecto a que la seguridad de la información afecta a todos los miembros de y a todas las actividades, de acuerdo con el principio de Seguridad como proceso integral recogido en el Artículo 6 del ENS, así como la articulación de los medios necesarios para que todas las personas que intervienen en el proceso y sus responsables jerárquicos tengan una sensibilidad hacia los riesgos que se corren. Por ello, 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. cuenta con una sistemática implementada en todas las áreas de la organización para formar, informar y concienciar a todo el personal con respecto a su implicación en la consecución de los objetivos de seguridad.
Todos los miembros de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. tienen la obligación de conocer y cumplir esta Política de Seguridad y la Normativa de Seguridad, siendo responsabilidad del Comité de Seguridad disponer los medios necesarios para que la información llegue a los afectados.
Todos los miembros de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. atenderán a una sesión de concienciación en materia de seguridad de la información al menos una vez al año. Se establecerá un programa de concienciación continua para atender a todos los miembros de 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. en particular a los de nueva incorporación.
Las personas con responsabilidad en el uso, operación o administración de sistemas recibirán formación para el manejo seguro de los sistemas en la medida en que la necesiten para realizar su trabajo. La formación será obligatoria antes de asumir una responsabilidad, tanto si es su primera asignación o si se trata de un cambio de puesto de trabajo o de responsabilidades en el mismo.
Cuando 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. preste servicios a otras organizaciones públicas o privadas o maneje información de otras organizaciones públicas o privadas, se les hará partícipes de esta Política de Seguridad, se establecerán canales para reporte y coordinación de los respectivos Comités de Seguridad y se establecerán procedimientos de actuación para la reacción ante incidentes de seguridad.
Cuando 47 SEGUNDOS PRODUCCIONES S.L. utilice servicios de terceros o ceda información a terceros, se les hará partícipes de esta Política de Seguridad y de la Normativa de Seguridad que ataña a dichos servicios o información. Dicha tercera parte quedará sujeta a las obligaciones establecidas en dicha normativa, pudiendo desarrollar sus propios procedimientos operativos para satisfacerla. Se establecerán procedimientos específicos de reporte y resolución de incidencias. Se garantizará que el personal de terceros está adecuadamente concienciado en materia de seguridad, al menos al mismo nivel que el establecido en esta Política.
Cuando algún aspecto de la Política no pueda ser satisfecho por una tercera parte según se requiere en los párrafos anteriores, se requerirá un informe del Responsable de Seguridad que precise los riesgos en que se incurre y la forma de tratarlos. Se requerirá la aprobación de este informe por los responsables de la información y los servicios afectados antes de seguir adelante.
A continuación, se detallan las leyes que se consideran aplicables al SGSI, junto con una definición del área responsable de evaluar su impacto en la organización.
| Ley / Regulación | Responsabilidad |
| Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | Responsable de Seguridad |
| Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece y regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, los principios del sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público institucional para el desarrollo de sus actividades | Responsable de Seguridad |
| Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. | Responsable de Seguridad |
| Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal | Responsable de Seguridad |
| Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos | Responsable de Seguridad |
| Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales | Responsable de Seguridad |
| Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) | Responsable de Seguridad |
| Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. | Responsable de Seguridad |
| REGLAMENTO (UE) No 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE | Responsable de Seguridad |
| Norma ISO/IEC 27001:2022, Sistemas de gestión de la seguridad de la información – Requisitos. | Responsable de Seguridad |
En Valladolid, a 02 de febrero de 2026





© 2023 Exélixi